Descargar modelos 650 y 660: Impuesto de Sucesiones

modelo 650

¿Qué es el modelo 650?

El modelo 650 es el documento denominado “Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones. Adquisiciones «mortis causa»”, que se debe rellenar junto al modelo 660 cuando fallece un familiar y debemos pagar por el Impuesto de Sucesiones.

En el modelo 650, que se corresponde a la Autoliquidación de Sucesiones, se realiza de forma individual por todas aquellas personas beneficiarias de dicha herencia (un documento 650 por cada persona) y en él se incluyen todos los bienes y derechos con carácter económico.

MODELO 650: Documentación a presentar

Además de cumplimentar el modelo 650, ya sea mediante formulario impreso o formulario telemático, debes ingresar el importe de la autoliquidación y aportar ambos como documentación a una de las oficinas de la AEAT. A dicha documentación, debes añadir los siguientes certificados, imprescindibles para completar el proceso:

  • Certificado de defunción (copia).
  • Certificado de Registro General de Actos de Última Voluntad (copia).
  • Testamento o Declaración de Herederos (copia autorizada).
  • Fotocopia del NIF de los herederos.
  • Poder de Representación (obligatorio para sujetos pasivos no residentes y disponible en la página web de la AEAT).
  • Escritura de Aceptación de Herencia (original).
  • Inventario de Bienes y Herederos (doble copia), con datos del fallecido y de los herederos, dirección para notificaciones.
  • Certificado de la Entidad Aseguradora o copia de los seguros concertados por la persona fallecida.
  • Documentos sobre las cargas, gravámenes y deudas, además de los gastos deducibles, los saldos bancarios de la persona fallecida y su cónyuge, la cotización de valores en participaciones y la adquisición de bonos de caja.
  • Título o documentación sobre la adquisición de bienes inmuebles (fotocopia u original), además de una copia del recibo del IBI de dichos inmuebles.
  • Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio de la persona fallecida y de la última declaración del IRPF (en caso de posibles reducciones).
  • Certificado acreditativo del grado de discapacidad de los sujetos pasivos (únicamente en el caso de que alguno de ellos cuente con dicho documento)
  • Documentación del vehículo, tanto el permiso como la ficha técnica del causante (en el caso de que lo hubiere).

¿Cómo rellenar el MODELO 650?

Dado que el modelo 650 es bastante complejo y requiere de bastante información, documentos, etc., te dejamos a continuación unas instrucciones del modelo 650, en el que se incluye una breve explicación de cada uno de sus apartados y secciones.

Descargar Modelo 650 PDF

En la primera página de este modelo, debemos rellenar “Datos Generales” y señalar los documentos que adjuntamos a la presentación de este modelo, incluyendo la siguiente información:

  • Nº de declaración (déjalo en blanco)
  • Casilla Ceuta o Melilla: Márcalo únicamente si es el caso.
  • Nº de Registro Identificativo de la documentación (rellenado por la Administración)
  • Datos del Documento: En este apartado se especifica si el documento que se adjunta es privado o público, y los datos identificativos del Notario.
  • Causante: En esta sección, se incluyen los datos de la persona fallecida: NIF, nombre, apellidos, dirección de la residencia habitual, municipio, provincia, país, si era residente o no, y la fecha del fallecimiento.
  • Presentador: Datos de la persona designada por los obligados tributarios a presentar dicha declaración y los documentos pertinentes.
  • Relación de documentos que se adjuntan: Señala aquellos documentos que adjuntes a la presentación de este modelo.

En la segunda página, debes cumplimentar los datos de todos aquellos sujetos pasivos de este proceso y que vayan a suscribirse a la autoliquidación (NIF, apellido, nombres, residente o no, dirección, fecha y firma).

En la tercera página, encontramos el apartado de “Relación de Bienes que integran el caudal hereditario” que deberemos cumplimentar con los datos del fallecido.

En “Bienes Inmuebles”, será necesario consignar el valor real de los inmuebles que pertenezcan al fallecido y que formen parte de la herencia.

  • Naturaleza: Señala un nº según el tipo de inmueble que sea: (1) vivienda, (2) local comercial, (3) garaje, (4) trastero, (5) nave industrial, (6) solar, (7) finca rústica, (8) otros.
  • Vivienda Habitual: Marca la vivienda o residencia habitual del fallecido.
  • Porcentaje de Titularidad: En esta columna, y en cada uno de los inmuebles, especifica qué porcentaje corresponde al causante o fallecido.
  • Clave del Título: Completar con P (pleno dominio), N (nuda propiedad) o T (derecho de aprovechamiento por turno, tiempo parcial o titularidad parcial).
  • Referencia Catastral: Escribe el nº de Referencia Catastral de cada uno de los bienes inmuebles.
  • Situación: Completa con la situación del inmueble (dirección).
  • Valor: Señala el valor real de los inmuebles y derechos. En el caso de que el causante solo cuente con parte de ellos, deberás especificar el valor que corresponda a su participación.

En el apartado de “Bienes y Derechos afectos a actividades empresariales y profesionales”, debes rellenar los bienes y derechos que estén afectos a actividades, ya sean empresariales o profesionales, con datos bastante similares al apartado anterior.

  • Porcentaje de Titularidad
  • Clave título
  • Epígrafe: especifica el epígrafe del IAE de la actividad.
  • Bien Inmueble: marca con una X en el caso de que el bien sea un inmueble.
  • Naturaleza: Rellena esta columna siguiendo la consigna del apartado anterior y únicamente si se trata de un bien inmueble.
  • Referencia Catastral
  • Descripción del bien o derecho
  • Valor

En la cuarta página, en el apartado de “Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo y otros tipos”, se debe especificar todas aquellas cuentas y depósitos en las que el causante sea titular, el nº de cuenta, el porcentaje de titularidad, la clave de título, el NIF, la denominación y el valor que tenga en la fecha del fallecimiento.

En la sección D, de “Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios”, debes añadir todos aquellos en los que el fallecido fuese titular, especificando el porcentaje de titularidad, la clave título, si cotiza en mercado organizado, la descripción de este, el NIF y la razón social.

En “Valores Representativos de la participación en los fondos propios de cualquier entidad”, debes incluir las acciones y participaciones en capital social, fondos de inversión, fondos propios de Sociedades, etc, que hubiere y con la misma información requerida que en el apartado anterior.

En la quinta página, debes rellenar todos los datos pertinentes a “Joyas, vehículos, objetos de arte y antigüedades” (incluyendo vehículos, embarcaciones, veleros, avionetas, etc.); “Demás bienes y derechos de contenido económico” (empresas, derechos que se deriven de propiedades intelectuales o industriales, préstamos, etc.); “Cargas y gravámenes deducibles” (ya sean de naturaleza temporal, perpetua o redimible y que reduzcan el valor o el capital de los bienes); “Ajuar doméstico” (bienes de pequeño valor) y “Deudas deducibles” (deudas contraídas por el fallecido).

En la página siguiente, la sexta, se cumplimentan los “Gastos Deducibles” (como por ejemplo aquellos de última enfermedad, entierro, funeral, entre otros); “Bienes o Derechos adicionables al caudal hereditario” (en los que se incluyen aquellos bienes, los cuales no sean de titularidad del causante, pero deban formar parte del caudal hereditario), y las “Exenciones comunes a todos los herederos” (de aplicación únicamente en el caso de bonos de caja de bancos de negocios e industriales).

Por último, y para terminar la relación de bienes que integran el caudal hereditario, en la página 7, encontramos el apartado de “Relación de bienes y derechos legados por el causante a determinados derechohabientes”, incluyendo el porcentaje del valor legado y la clave de título siguiente: (P) si se lega la propiedad del bien, (N) al legar en nuda propiedad y (U) en el caso de legar el usufructo del bien. En el apartado de “Percepciones de contratos de seguro sobre la vida”, se especifican aquellos que sean beneficiarios por los contratos de seguro de vida.

Para concluir este documento, en la página 8, debemos proporcionar el total de la “Relación de bienes, derechos, deudas y gastos que integran el caudal hereditario”, los cuales hemos especificado en este modelo y realizar las sumas o porcentajes requeridos, que tendrán como resultado el “Caudal Hereditario Neto a Repartir”.

En el caso de residir en Ceuta o Melilla, debes acceder a este link para cumplimentar o descargar el modelo 650 en pdf https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/ADSU-LIQU/Alta650PredCM

Puedes encontrar más ayuda en el siguiente link que la propia Agencia Tributaria pone a la disposición del público en su página web: https://www.agenciatributaria.es/static_files/Sede/Procedimiento_ayuda/G702/Instrucciones_mod650_es_es.pdf

¿Dónde se presenta el modelo 650?

El modelo 650 se puede presentar de tres formas diferentes:

  • De forma presencial: Una vez impreso y cumplimentado el modelo 650 o “Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Adquisiciones “Mortis Causa”, el importe de la liquidación deberá ser ingresado en alguna de las entidades colaboradoras de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y presentado posteriormente en la sede de la Oficina Nacional de Gestión Tributaria, junto a los documentos requeridos. En el caso de que el importe no resulte “a ingresar”, se deberá presentar el modelo directamente. La dirección de la Oficina Nacional de Gestión Tributaria es: Paseo de la Castellana, 147, bajo. 28046 (Madrid)
  • De forma presencial (formulario y pre-declaración): Esta forma difiere de la anterior ya que se cumplimenta de forma telemática, rellenando el formulario que se encuentra en la sede electrónica y tras esto, se obtiene un modelo impreso junto a una referencia para su presentación, además de instrucciones para este proceso. Igualmente, deberás ingresar el importe de la autoliquidación en una entidad colaboradora de la AEAT (en el caso de que sea necesario) y presentar todos los documentos en una de las oficinas de la AEAT.
  • De forma telemática: Cumplimenta el formulario que se encuentra en la Sede Electrónica de la AEAT, adjunta los documentos requeridos y obtendrás la autoliquidación por cada uno de los sujetos pasivos. Una vez que dicho importe sea ingresado (en el caso de que resulte a ingresar), recibirás por parte de la AEAT y de forma electrónica la Certificación que acredita la presentación, con todos los datos y documentos del proceso cumplimentado y del ingreso por parte de los sujetos pasivos y el justificante de dicha presentación. Estos documentos se encontrarán a tu disposición y de todos los sujetos pasivos en dicha sede electrónica, con un código de validación distinto para cada uno de ellos. Esta es la única forma en la que no necesitarás desplazarte a la sede nacional de Gestión Tributaria.

Para el diligenciado de este proceso, debes solicitar cita previa en la web de la AEAT o llamar a uno de sus teléfonos: 901 200 351/912 901 340.

¿Qué es el modelo 660?

El modelo 660 es, por otro lado, la Declaración de Sucesiones: un documento en el que se encuentran todos los bienes y derechos que aparecen en el modelo 650, pero de forma más completa y detallada. En este documento aparece la relación de bienes y derechos pertenecientes al fallecido, cómo estos se van a repartir, además de información y datos del fallecido y de los herederos.

Cómo presentar el Modelo 660

El modelo 660, tanto el proceso de cumplimentación, además de la información, documentación a aportar y su entrega varía dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, por lo que deberás acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria de tu comunidad y rellenar los formularios pertinentes.

A continuación, puedes acceder a los diferentes links para descargar el modelo 660 en formato PDF de las distintas Comunidades Autónomas o a sus plataformas de acceso telemático:

Modelo 660 Junta de Andalucía Modelo 660 Aragón
Modelo 660 Asturias Modelo 660 Baleares
Modelo 660 Canarias Modelo 660 Cantabria
Modelo 660 Castilla-La Mancha Modelo 660 Castilla y León
Modelo 660 Cataluña Modelo 660 Extremadura
Modelo 660 Galicia Modelo 660 Madrid
Modelo 660 Murcia Modelo 660 Navarra
Modelo 660 País Vasco Modelo 660 Valencia
Modelo 660 Ceuta Modelo 660 Melilla

Plazos de presentación de los modelos 650 y 660

Tanto el modelo 650, como el modelo 660 deben ser presentados en los 6 meses posteriores al fallecimiento, en cualquiera de las formas que te presentamos en el apartado siguiente.

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