Matrimonio civil en Málaga

Bodas civiles en Málaga

Si quereis celebrar vuestro matrimonio civil en el  Ayuntamiento de Málaga teneis que   tramitar la solicitud en el Registro Civil

El Registro civil debe ser el en el que este empadronamiento uno de los dos contrayentes.

Al tramitar la solicitud hay que indicar que la celebración del mismo se realizará en el Ayuntamiento de Málaga

La fecha de celebración se fija una vez esté resuelto el expediente en el Registro Civil.

Requisitos para Bodas civiles en Málaga

1.º Residir en Málaga Capital, al menos, uno de los contrayentes.
2.º Ser mayores de edad o tener dispensa.
3.º Escrito solicitud (hoja blanca y verde adjuntas rellenas), junto con la documentación requerida.
4.º Los documentos deberán ser originales y actualizados (no más de 1 año).

Boda Civil en Málaga
Bodas civiles en Málaga

Documentación necesaria para Bodas civiles entre españoles en Málaga

1.º Certificado LITERAL de nacimiento de ambos.
2.º Fotocopia del D. N. I. de los novios y de las personas mayores de edad que actuaran de
testigos de la boda.
3.º Certificado de empadronamiento.
4.º Divorciados: Certificado LITERAL del anterior matrimonio con ota marginal de la sentencia
de divorcio.
5.º Viudos. Certificado LITERAL del anterior matrimonio y certificado LITERAL de defunción del
anterior cónyuge.
6.9 Menores de edad. Certificado de la Dispensa de Edad.

Documentación necesaria para Bodas civiles de extranjeros en Málaga

Bodas civiles de extranjeros en Málaga
Bodas civiles de extranjeros en Málaga

l.º Pasaporte en vigor y fotocopia.
2.º Certificado de nacimiento.
3.º Certificado de su estado civil, en caso de Divorciados, deberá aportar la documentación
conforme el punto 4 para españoles.
(El certificado anterior se sustituirá por Certificado de Capacidad Matrimonial, para los
nacionales de: Alemania, Austria, Italia, Luxemburgo, Paises Bajos y Portugal).
4.º Acreditación del lugar de residencia durante los últimos dos años.
5.º Si es residente legal en España, Tarjeta de residencia y fotocopia.
6.º Fotocopia D. N. I. de los dos testigos de la boda.

Todos los documentos extranjeros deberán presentarse junto con su traducción al español, en
su caso, y debidamente legalizados.

Para la presentación de la docuemntación deberá comparecer la pareja y una persona mayor
de edad. que pueda testificar que el matrimonio proyectado no incurre en prohibiciones legales,.
(todos con su D. N. I.)

Más Información
Hoja informativa de la Junta de Andalucia

Solicitar cita previa en el Registro Civil de Málaga

Información del Ministerio de Justicia